REGLAMENTO
“Canje por Servicios”
Condiciones generales para la toma de Servicios disponibles a través de BAYER S.A., división “CropScience” (BCS), en el marco del “Programa AgroServices” mediante el canje de puntos.
I. OBJETIVO
1.1 El presente Reglamento ("Reglamento"), establecido por BAYER S.A., división “CropScience” ("BAYER”), tiene como objetivo establecer las condiciones generales para la toma de Servicios disponibles a través de BAYER en el marco del “Programa AgroServices”, mediante el canje de puntos.
II. DEFINICIONES
Centro de Atención al cliente BAYER: servicio de atención al cliente llamando al número de teléfono (011) 2150-3674 de lunes a viernes de 9 a 18 horas y online a través del Portal de Internet conforme se detalla a continuación.
Grupos de Compra: agrupaciones de personas jurídicas y / o físicas que, por intereses propios, negocian y / o administran sus negocios en conjunto.
Representantes Legales: personas físicas que representan legalmente a los Grupos de Compra o a las personas jurídicas consideradas como Participantes del Programa.
Participante (s): podrán participar del presente Programa aquellas: (i) personas jurídicas y (ii) personas físicas que asocien CUIT’s de personas jurídicas, que hayan sido sorteadas para participar y que compren productos directamente de BAYER o que compren a través de nuestra red oficial de distribuidores Dorados y obtengan una factura oficial a nombre de BAYER. No podrán participar del Programa los distribuidores autorizados por BAYER que se dediquen a la comercialización de Productos BAYER.
Portal de Internet: sitio www.redagroservices.com por medio del cual el (los) Participante (s) podrá (n), entre otras funcionalidades: (i) ingresar y modificar los datos personales en los campos habilitados en el Programa; (ii) administrar los puntos acumulados a través del Programa de AgroServices; (iii) canjear beneficios en productos y servicios ofrecidos por el Programa.
Punto(s): unidad de beneficios del Programa acreditada a los Participantes cuando los mismos adquieren Productos BAYER directamente de BAYER.
Programa AgroServices ("Programa"): programa de relaciones ideado, desarrollado, promovido y administrado por BAYER o por quien BAYER designe, ofrecido a los Participantes. El mismo permite a los Participantes la acumulación de Puntos a partir de la adquisición de Productos BAYER directamente de BAYER. Los Puntos acumulados se utilizan, mediante canjes, para descuento y / o beneficio en productos y servicios ofrecidos a través del Portal de Internet por los Socios.
Producto(s) BAYER: son todos aquellos productos comercializados por BAYER en su unidad de negocios CropScience (fitosanitarios, tratamiento de semillas y semillas).
Representante Técnico de Ventas (RTV): es el colaborador de BAYER que atiende directamente a las personas humanas que adquieren Productos BAYER directamente de BAYER.
Socio(s): son aquellas personas jurídicas y / o humanas incorporadas al Programa por medio de instrumentos propios de acuerdo a lo acordado previamente con BAYER, que ofrecen productos y servicios a ser objeto de canje de Puntos en el Programa por los Participantes.
Operador de los Programas BAYER: socio comercial de BAYER que opera los Programas BAYER.
Servicios: actividades remuneradas dirigidas al agronegocio a las que los Participantes tienen derecho a acceder en función de su participación en el Programa cuyo costo es asumido por BAYER a través de la acumulación y canje de Puntos de los Participantes.
Solicitud de Servicios: acto por el cual los Participantes solicitan Servicios a BAYER, cuyo costo es asumido por BAYER, según lo estipulado en el Programa y descripto en el Portal de Internet.
III. DERECHO A LA TOMA DE LOS SERVICIOS
3.1. Los Participantes acceden a los Servicios por BAYER conforme a las reglas contenidas en los reglamentos del Programa que participan.
IV. SOLICITUD DE LOS SERVICIOS
4.1. La Solicitud de los Servicios podrá ser realizada por medio del Portal de Internet;
4.1.1. Toda Solicitud de Servicios considerará el plazo mínimo de 20 (veinte) días y el llamado de agendamiento como toma efectiva de los Servicios por los Participantes;
4.1.2. Los Servicios estarán sujetos a la disponibilidad de los Socios y a la validez de la oferta;
4.1.3. Mediante requerimiento por escrito y aprobación expresa de BAYER, los Participantes, cuando sea aplicable, por medio de Representantes Legales, podrán realizar Solicitud de Servicios para la toma de los mismos por terceros por ellos indicados. En este caso, los terceros designados deberán comunicar a BAYER su consentimiento con la toma de los Servicios;
4.1.4. Sólo el Participante, cuando sea aplicable, por medio de su Representante Legal, podrá realizar la Solicitud de Servicios, en los términos de este Reglamento.
4.2. La relación de Servicios que podrán ser solicitados por los Participantes será puesta a disposición por BAYER a través del Portal de Internet;
4.3. Realizada la Solicitud de los Servicios, los Participantes recibirán por e-mail la confirmación de la misma y serán contactados por BAYER para confirmar el Servicio y agendar la fecha de realización del mismo;
4.4. Después de la confirmación de la Solicitud de los Servicios, los Participantes sólo podrán cancelar la misma antes del agendamiento del servicio;
4.4.1. Siempre que los Servicios aún no hayan sido efectivamente tomados por los Participantes, en caso de que la cancelación de la Solicitud de Servicios haya sido requerida por los Participantes dentro del plazo descrito en el punto 4.4 anterior, los Puntos utilizados para el canje de los Servicios serán acreditados nuevamente a los Participantes;
4.4.2. No será posible solicitar la cancelación de la Solicitud de Servicios fuera del plazo descrito en el ítem 4.4. En caso de que los Participantes no quieran tomar los Servicios solicitados, los mismos deberán informar a BAYER;
4.4.3. La cancelación de la Solicitud de Servicios fuera del plazo descrito en el ítem 4.4 resultará en la no anulación de Puntos por BAYER a los Participantes.
4.5. Los Participantes deberán programarse para la toma de los Servicios. Una vez solicitados y confirmados, los Servicios estarán disponibles para la realización por el plazo de 12 (doce) meses. Después de este plazo, el derecho a la toma de los Servicios solicitados por los Participantes se cerrará, a menos que la no realización de los Servicios haya ocurrido por culpa exclusiva de BAYER, del Operador del Programa BAYER y/o de Socios;
4.6. Habiendo tomado los Servicios, los Participantes deberán firmar el documento titulado Protocolo - Confirmación de Prestación de Servicios a ser presentado por el Socio. Además, los participantes serán invitados a responder a una encuesta de satisfacción.
V. SELECCIÓN DE SOCIOS
5.1. Corresponde exclusivamente a BAYER a través de su Departamento de Servicios, seleccionar Socios para la prestación de los Servicios conforme a lo establecido en este Reglamento.
VI. DURACIÓN
6.1. Las reglas contenidas en este Reglamento entrarán en vigencia a partir de Agosto de 2018 y permanecerán en vigor por un plazo indeterminado.
VII. DISPOSICIONES GENERALES
7.1. Los posibles límites de Solicitud de Servicios serán informados en el Portal de Internet. Los Servicios estarán sujetos a la disponibilidad de los Socios y a la validez de la oferta;
7.2. Las especificaciones, la calidad y la garantía relacionadas con los Servicios son de entera y exclusiva responsabilidad de los respectivos Socios;
7.3. La cantidad de Puntos necesarios para el canje de Servicios por los Participantes en el Portal de Internet BAYER podrá variar en cualquier momento en función de diversos factores, entre ellos, reajustes de precios de los Servicios prestados por los de Socios;
7.4. BAYER y/o el Operador del Programa podrán, a discreción de BAYER, suspender o rescindir contratos con Socios prestadores de los Servicios, sin previo aviso;
7.5. Los Servicios informados en el Portal de Internet tienen carácter meramente indicativo y no representan necesariamente la disponibilidad de los mismos. BAYER no se responsabiliza si alguno de los Servicios indicado es descontinuado o no se encuentra en el Portal de Internet;
7.6. Los Representantes Legales de los Grupos de Compra serán los responsables de indicar qué integrantes de dicho grupo tomarán los Servicios canjeados;
7.6.1. Los Participantes sólo podrán solicitar Servicios de Socios, conforme a lo establecido en este Reglamento. En ningún caso BAYER y/o el Operador del Programa reembolsarán a los Participantes que tomaren servicios en incumplimiento a las reglas de este Reglamento.
7.7. BAYER se exime de todos y cualesquiera daños y perjuicios eventualmente causados por los Socios a los Participantes, incluyendo, pero sin limitarse, los daños y perjuicios que puedan ocurrir:
a) del incumplimiento de la moral, de las buenas costumbres generalmente aceptadas o del orden público;
b) la realización de actos de competencia desleal y publicidad ilícita de informaciones por parte de los Socios en función de recepción, obtención o acceso indebido a las informaciones confidenciales de los Participantes;
c) de la falta de precisión, exactitud, pertinencia y/o actualidad del contenido presentado por los Socios a los Participantes en la prestación de los Servicios;
d) la frustración de las expectativas generadas por la toma de los Servicios realizados por los Socios;
e) de la violación de secretos empresariales y/o compromisos contractuales de cualquier tipo en función de recepción, obtención o acceso indebido a las informaciones confidenciales de los Participantes por los Socios.
7.8. La Solicitud de los Servicios implica la aceptación por los Participantes de todos los términos y condiciones de este Reglamento;
7.9. Los casos no contemplados expresamente en este Reglamento y las dudas que se suscitaren serán resueltos por BAYER;
7.10. Los Participantes podrán aclarar eventuales dudas en relación con este Reglamento a través del Centro de Atención al cliente BAYER;
7.11. Los Participantes podrán, en cualquier momento, renunciar al derecho a la toma de los Servicios a los que han accedido en los términos de este Reglamento;
7.12. La responsabilidad de BAYER se da en cuanto a la disponibilidad de los Servicios a los Participantes en función del Programa BAYER, bajo los términos y condiciones establecidos en este Reglamento. Los Participantes reconocen que los Servicios serán realizados por Socios, siendo los mismos los responsables de la ejecución de los Servicios a los Participantes;
7.13. Los Participantes autorizan a BAYER a almacenar en base de datos la información contenida en las Solicitudes de Servicio, y otras informaciones relativas a sus hábitos de compra y utilización de los Servicios, comprometiéndose a BAYER a utilizar dicha información sólo en favor de los propios Participantes;
7.14. Queda asegurado a BAYER el derecho de, en cualquier momento, sin previo aviso, cancelar o modificar parcial o totalmente este Reglamento, manteniendo asegurados a los Participantes, el derecho a los Servicios a que tengan derecho a la fecha de su modificación o cancelación;
7.15. El Programa se regirá por las leyes Argentinas. Cualquier controversia procedente del mismo deberá ser dictada en el los juzgados de la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro.